La Expedición de Notas sobre Facturas Aceptadas

Las notas crédito se encuentran sometidas a los procedimientos de generación, transmisión y validación del sistema de facturación electrónica.

Con ocasión de la entrada en vigor del procedimiento de confirmación del recibido de la factura y de los bienes y/o servicios adquiridos de parte del adquiriente, para que las facturas electrónicas expedidas en una operación a crédito o en las  cuales se otorgue un plazo para el pago, puedan constituirse en soporte de costos, gastos e impuestos descontable (Proceso contenido en la Resolución 000085 del 8 de abril de 2022  y que es exigible a partir del 13 de julio del 2022), ha surgido la inquietud sobre la procedencia de la expedición de notas crédito. En ese sentido, debe tenerse en cuenta lo siguiente:

(I)Las notas crédito asociadas a facturas electrónicas previamente expedidas, pueden emitirse hasta los 3 días hábiles posteriores a la confirmación electrónica del recibo del bien o prestación del servicio.

Trascurrido dicho término, no será posible expedir notas crédito sobre la factura emitida y aceptada.

(II)Una vez la factura electrónica de venta como título valor sea aceptada, es posible realizar notas crédito bajo el código 22 que alude a la “Nota crédito sin referencia a facturas”.

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