La Determinación de los Aportes a Seguridad Social a Cargo de los Trabajadores Independientes.
Los aportes a seguridad social a cargo de los trabajadores independientes por cuenta propia o con contrato diferente a prestación de servicios deben realizarse mes vencido, teniendo en cuenta el sistema de presunción de ingresos establecido en el Decreto 1601 del 05 de agosto de 2022.
Según lo establecido en dicho Decreto, la liquidación de aportes debe realizarse teniendo en cuenta el siguiente procedimiento:
(I)Tomar el ingreso bruto percibido en el periodo,
(II)Descontar los costos asociados a la actividad económica, en los términos establecidos en el artículo 107 y el Estatuto Tributario y demás normas que regulen las expensas realizadas en el desarrollo de cualquier actividad económica atendiendo las exigencias para la validez de dichos documentos, ó, aplicar el porcentaje de costos conforme a la actividad económica, contenida en el Decreto.
(III)Calcular y efectuar el aporte correspondiente al Sistema de Seguridad Social Integral sobre el ingreso correspondiente.
No sobra mencionar que la tarifa del aporte a pensiones es del 16%, en tanto que la tarifa del aporte a salud es del 12,5%.